Resultados satisfactorios y saldo positivo para el Programa de Oralidad en el fuero Civil

María Celeste Córdoba y Claudia Pieske de Consolani, coordinadoras del programa.

Hubo una reunión informativa en el STJ sobre el impacto del programa que es “positivo y satisfactorio” para la Justicia y los justiciables. El tiempo promedio de resolución de causas es de un año contra cinco o seis del proceso escrito. La nueva modalidad litigiosa se replicará a otros juzgados de la capital.

El día 5 de este mes se llevó a cabo en el Superior Tribunal de Justicia una reunión informativa sobre el impacto que la implementación del Programa de Oralidad para el fuero Civil y Comercial (POFCC) ha generado en la Administración de Justicia.

Del encuentro participaron ministros del STJ y las coordinadoras del Programa: María Celeste Córdoba, secretaria de Trámites Originarios del STJ y Claudia Pieske de Consolani, titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 4, quienes están a cargo de la puesta en marcha y seguimiento esta nueva modalidad litigiosa.

El eje principal de la reunión tuvo como norte el abordaje de aspectos relacionados con el diligenciamiento, resultado y formato de Plan Piloto, a partir del relevamiento de datos efectuado al 20 de octubre de este año -aproximadamente a 17 meses de su entrada en vigencia- los cuales permitieron la elaboración de las estadísticas necesarias para el análisis del mismo; llegándose a la conclusión de que -en términos generales- su implementación resultó altamente satisfactoria, lográndose, en gran medida y sin perjuicio de los problemas emergentes, los objetivos trazados al tiempo de su formulación.

Así, se puso en conocimiento del Máximo Tribunal que durante el período relevado y sin computar los juicios ejecutivos -que importan cerca de un 85% de la actividad jurisdiccional civil y comercial-, se radicaron 168 expedientes ante el JCC 4: 143 procesos ordinarios, 11 procesos sumarísimos y 14 juicios de desalojo, de los cuales ingresaron al Programa un total de 81 causas -con un marcado predominio en materia de reclamación de daños y perjuicios por accidentes de tránsito (58%)-, excluyéndose posteriormente 10 procesos por recusación sin expresión de causa y 6 por desistimiento de la acción y del derecho; destacándose, que 12 expedientes concluyeron: 7 por sentencia homologatoria, 2 por sentencia definitiva y 3 por auto interlocutorio con fuerza de tal, continuando en trámite activo un total de 53 causas.

Respuesta efectiva en menos tiempo

Entre los puntos destacados, se enfatizó en el hecho de que el Poder Judicial de la Provincia de Formosa es pionero en todo el NEA y NOA en la implementación de la Oralidad como método de tramitación de procesos civiles, el que se encuentra organizado en beneficio exclusivo del justiciable, como una forma de garantizar el acceso real a la Justicia.

Se subrayó asimismo, que con la instauración del Programa han alcanzado plena vigencia los principios que informan el proceso oral; se han utilizado las nuevas herramientas provistas por la tecnología, que permiten no sólo la agilidad en las notificaciones, sino también la colaboración entre dependencias y con otras instituciones; se ha logrado la concentración de la prueba, lo que redunda en el dictado de pronunciamientos más rápidos y transparentes; se ha afianzado el rol del juez como director del proceso; se han reducido notablemente los llamados “tiempos muertos” (aquellos que están a la espera de que se termine de diligenciar una medida), lo que aporta celeridad a la causa; y, se ha evitado la burocratización, resolviéndose las causas en tiempos razonables. Todo lo cual, ha quedado plasmado en hechos y resultados objetivos -plenamente comprobables-, arrojando la estadística datos que dan cuenta de que los conflictos sometidos a la oralidad obtienen una respuesta efectiva de la Justicia, alcanzando solución en el término promedio de un año contra los cinco o seis años de un proceso escrito.

A partir de las conclusiones arribadas, se proyecta -en un futuro próximo- la réplica de la experiencia en otros juzgados civiles y comerciales, a los fines de hacer extensivo el Programa en forma progresiva, con miras a su implementación en todas las dependencias del fuero; lo que demandará un cambio de mentalidad en todos los operadores del sistema, acorde a los nuevos paradigmas procesales, con el propósito de resolver los conflictos en tiempo oportuno, tal como manda nuestra Constitución Nacional y los Tratados Internacionales a ella incorporados. 

Ir al contenido