A la misma asistieron representantes de 23 provincias y del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires, lo que permite considerar dicha reunión como exitosa en cuanto a la asistencia.
La participación y el interés con que se trataron los diversos temas fueron intensos por la cantidad de experiencias que se compartieron dada la evolución que las distintas provincias presentan en áreas de tecnologías. Puede concluirse a criterio del suscripto que ha sido por demás rica en materia de intercambio y propuestas concretas.
Las distintas realidades permiten exponer la diversidad de estrategias en las jurisdicciones, todos nos enriquecemos compartiendo una amplia gama de soluciones a los problemas que se nos presentan. Se aprecia cada vez más que en estas reuniones también se contactan los grupos técnicos, que continúan las relaciones alrededor de proyectos comunes o colaboración.
Concretamente se analizaron y produjeron conclusiones en los siguientes temas entre otros:
Aprovechando la concurrencia de un representante del la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales se trató la problemática con relación a las bases de datos judiciales que contienen este tipo de registros, las que deben ser consideradas Bases de Datos públicas por su ubicación en el ámbito del estado pero alcanzadas por la ley 25.326 según lo establece su art. 1. Así, se propuso solicitar a las Autoridades de la DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES se expidan sobre la aplicación de la ley 25.326 a las bases de datos de Fallos y de Gestión de Expedientes, existentes en el ámbito de los Poderes Judiciales y en su caso, si corresponde registrarlas en el Registro Nacional de Bases de Datos Personales.
Otro de los temas analizados fue el uso tecnologías digitales para registros de audio o audiovisuales para audiencias en juicios orales. Varios asistentes ofrecieron enviar información sobre experiencias y proveedores de estos servicios y tecnologías.
Notificación Electrónica. Se propuso el reconocimiento cruzado de los certificados de firma digital de la Oficina Nacional de Tecnologías dependiente de la Subsecretaría de la Gestión Pública de Nación, de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires y del Superior Tribunal de Justicia del Chubut, con el objeto de respaldar la validez de las comunicaciones jurisdiccionales entre los tribunales que utilicen los certificados de firma digital de dichos entes certificadores no licenciados. Esto como solución provisoria hasta tanto se organice el ente licenciante nacional. Las Provincias de Chubut y Río Negro se encuentran en esta fase para facilitar las comunicaciones entre organismos judiciales de Esquel y Bariloche. También se propuso difundir el uso de la firma digital mediante aplicaciones prácticas que permitan dinamizar la utilización de la herramienta.
Se advierte un creciente nivel de la informatización en todas las provincias basado en tres modalidades distintas: desarrollos propios basados en programación por personal del Poder Judicial, paquetes ofrecidos por el mercado o mediante contratación de desarrollos a medida. También una inclinación de algunas jurisdicciones apoyarse en desarrollos en base a tecnologías de fuente abierta o denominadas también software libre (permite bajar los costos de inversión). Debo destacar el esfuerzo del Superior Tribunal de la Provincia de Tierra del Fuego que en base a un convenio de colaboración, a tomado los diseños de los sistemas de gestión judicial de Poder Judicial Chubut y los está convirtiendo en sistemas de “fuente abierta”, lo que permitiría una vez implementados los mismos, a cualquier Poder Judicial, solicitar los programas fuente de dicho desarrollo para ser utilizados a costos más que aceptables en sus propias jurisdicciones. También se acordó aclarar que s e considera que la incorporación del software libre a las oficinas judiciales, independientemente de la existencia o no de normativa que adhiera a la generación de migraciones a éste, debe evaluarse con una visión estratégica que considere su incorporación teniendo en cuenta que ésta debe realizarse de forma gradual por las implicancias que el impacto de este cambio trae aparejado respecto de la capacitación y soporte técnicos (especialmente cuando la tecnología ya implementada es muy diferente). Para ello es preciso generar un plan estratégico que determine la migración e incorporación paulatina de esta modalidad, cuando así se decida, teniendo en cuenta la capacitación y generación de estructuras de personal de soporte ya que no se trata de software de mercado. Todo ello teniendo presente que los sistemas informáticos en uso deben considerarse de “misión crítica” dentro de la organización.
Se acordó estudiar la elaboración de estándares para los sistemas de gestión judicial, los que deben ser respetados por los proveedores o desarrolladores y por debajo de los cuales no puede considerarse suficiente una aplicación informatica.
Se puso en funcionamiento un Foro de Intercambio permanente de problemáticas de coyuntura o discusión de soluciones para las Areas Técnicas (JUFEJUS).7. Se propuso el mapa de datos de las guías judiciales, lo que fue aprobado para su implementación en las páginas WEB.8. La comisión reiteró la necesidad que la JUFEJUS impulse la realización de un Foro Bianual donde todos los Poderes Judiciales puedan mostrar sus desarrollos y proyectos, se invite a empresas proveedoras de servicios de TICs para la Justicia con el fin de que expongan las soluciones tecnológicas a su disposición y conozcan las necesidades estratégicas de la justicia en la materia.»